Empresarial
RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL
Nuestro código civil colombiano establece en su artículo 2343 que está obligado a la indemnización todo aquel que hizo un daño, en otras palabras, de acuerdo con nuestra legislación civil, quién es responsable de resarcir los daños es aquella persona que los cometa y para tal fin, debe indemnizar. A Leer más…